EIA Relleno Sanitario Quebrada Honda – Arequipa (Artículo 2): “UNA VISIÓN GLOBAL Y UNA CRÍTICA CONSTRUCTIVA: AYUDANDO A MEJORAR”
UNA VISIÓN GLOBAL Y UNA
CRÍTICA CONSTRUCTIVA: AYUDANDO A MEJORAR
Escrito por: Bustamante Mora Marco Antonio, Salinas
Romero Miguel Enrique y Soncco Moscoso Diego Franco
El
proyecto construcción e implementación
del relleno sanitario para
Arequipa Metropolitana surge de la necesidad de querer reducir los
niveles de contaminación ambiental de la ciudad producto de la falta de lugares
para la disposición final de los residuos sólidos, en parte como solución
específicamente a los residuos que eran depositados y son depositados en
botaderos informales ubicados en los alrededores de cada distrito sin ningún
tipo de tratamiento y control ambiental.
El
relleno sanitario Quebrada Honda se encuentra ubicado en el km 17 de la
carretera Arequipa - Yura en el margen derecho, es considerado como un
beneficio para todo Arequipa Metropolitana, es decir, para 17 distritos de la
ciudad ya que los beneficios ambientales son o deberían ser reflejados en todos
estos distritos; viene operando1 de forma informal por más de un año debido a que la Dirección
General de Salud Ambiental (Digesa) todavía no le aprobó el funcionamiento dado
que se tienen y faltan subsanar varias observaciones.
Entre
las diferentes observaciones primero tenemos la falta del Certificado de
Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA)2 el cual al momento ya ha sido subsanado3
después de un largo proceso que tardó aproximadamente 3 años entre
observaciones por parte de la Dirección Regional de Cultura y subsanaciones de
la municipalidad,. Este certificado es importante porque es el documento
mediante el cual el estado certifica que, en un área determinada, no existen
vestigios arqueológicos en superficie. En este caso a menos de 20km se
encuentran restos de una zona de ferrocarril denominada Campamento de
Construcción del Ferrocarril4 para lo cual la municipalidad debió de
presentar un plan de monitoreo arqueológico, lo cual no lo hizo en su momento
por lo que se retrasó la entrega del CIRA, sin embargo aun así pese a la falta
de este certificado, la construcción del
relleno sanitario se llevó a cabo de acuerdo a lo previsto.
En
segundo lugar tenemos que la norma establece que la zona urbana no debe estar a
menos de 300 metros de distancia, sin embargo,
un asentamiento humano se encuentra ubicado a aproximadamente 150 metros
del relleno sanitario5, entonces se espera la reubicación de estos
pobladores que viven a escasos metros ya
que de lo contrario son y serán afectadas por los olores y los distintos
impactos que se producen pese a todas las medidas que se toman y se vienen
tomando, causando generalmente malestar e incomodidad. Esta vendría a ser una
observación insalvable y la única solución sería que se
reubique a estos pobladores ya que de lo contrario se pone en riesgo su salud
porque son afectados directamente por el proyecto.
Además,
pobladores de las asociaciones La Pascana y Real Progreso en Quebrada Honda,
cercanas al Relleno Sanitario, en su momento protestaron exigiendo una
reubicación del lugar pues se verían severamente afectados.
Un
tercer problema fue el saneamiento
físico legal del terreno el cual fue
obstaculizado por litigios del terreno, ya que los pobladores de la asociación
Néstor Cáceres Velásquez reclamaron ser los dueños del terreno donde ubica el
relleno, pese a que la municipalidad tiene el título de propiedad, este caso
fue inaplicable y por ende fue subsanado ya que la asociación nunca estuvo en
posesión.
Como
siguiente acotación se encontró normativa legal faltante dentro del proyecto
tales como el Decreto supremo No. 06-STN del 09-01-646, reglamento
para la disposición de basuras mediante el empleo del método de relleno
sanitario; mediante el cual se asigna a las municipalidades la responsabilidad
de efectuar la recolección de los residuos en su jurisdicción y realizar su
disposición final. Dependiendo de cuán grande la zona afectada esta
jurisdicción puede cambiar de un carácter local a uno regional. En el marco
legal consignado en el caso de estudio no se tomó en cuenta en ningún lado este
decreto supremo, de vital importancia ya que es de la pocos normativa que vela
desde el recojo de los mismo desechos, su valor en la incorporación al caso de
estudio es relevante debido a que tiene que ver directamente con el stakeholder
de gobierno para la correcta gestión de residuos, detalla además todo lo que
debe de tener adicionado un relleno sanitario como es: un cerco de seguridad,
un canal extra pluvial, pozos de monitoreos y lixiviados. Este decreto también
vela por rubros sociales tales como el sector salud, turismo y morbilidad.
Una
última acotación dentro del marco legal se considera la Ley de bases de
descentralización - Ley Nº 277837, que establece entre los objetivos
a nivel ambiental, la gestión sostenible de los recursos naturales y
mejoramiento de la calidad ambiental, además de incluir dentro de la asignación
de competencias de las municipalidades, la Gestión de los residuos sólidos
dentro de su jurisdicción además, la descentralización tiene como finalidad el
desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de
competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres
niveles de gobierno, en beneficio de la población. Vela por la unidad y
eficiencia del Estado, mediante la distribución ordenada de las competencias
públicas, y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la
administración estatal. Representación política y de intermediación hacia los
órganos de gobierno nacional, regional y local, constituidos por elección
democrática. Participación y fiscalización de los ciudadanos en la gestión de
los asuntos públicos de cada región y localidad. Institucionalización de
sólidos gobiernos regionales y locales como los puntos más resaltantes.
El
proyecto a la vez no estuvo exento de problemas viales, como una posible mejora
de estos, podemos hacer mención y seguimiento de Especificaciones Técnicas de
Construcción Vial8, ya que en el EIA del proyecto se referencia de
manera correcta la ubicación de la zona y la delimitación de esta, el problema
data, si bien es cierto se cuenta con mano de obra y EPS´s, de que no existe en
la zona adecuadas vías que conduzcan hacia la zona de construcción del
proyecto, en la guía de especificaciones de construcción vial por parte del MTC
se realzan pautas necesarias para satisfacer la demanda y calidad de adecuadas
vías de acceso. En los lineamientos para la construcción correcta de carreteras
por parte del MTC dadas en el 2013 en los capítulos II IV y V se dan los
lineamientos necesarios para una correcta infraestructura lineal, haciéndose
énfasis en el documento en capas anticontaminantes para cualquier situación
potencial de riesgo (Capítulo IV). Este capítulo hace alusión al tema
ambiental, en el EIA que se tomó como caso de estudio no se cuenta con las vías
correctas siendo en el último tramo trochas desprovistas de material de
construcción vial, según el entendimiento de este capítulo se sugiere para el
proyecto una capa anticontaminante en la zona vial con base de concreto no tan
poroso, así no se permite la percolación de cualquier sustancia dañina.
En
el presente artículo no solo se busca reconocer los errores o acotaciones
faltantes que se dieron dentro del proyecto si no que a la vez se pueden
presentar mejoras, a fin de evitar impactos negativos muy significativos para
el ambiente, dicho esto en la etapa de operación para lo que es el control de
gases, se considerará para el proyecto el Protocolo de monitoreo de Calidad de
Aire9, según el protocolo de monitoreo de la calidad del aire y
gestión de los datos dado por el MINSA, el seguimiento y control de los gases
producidos por diferentes proyectos debe de cumplir con ciertas
especificaciones, cumpliendo desde los límites máximos hasta el proceso de
monitoreo en sí. En sí se incita a una liberación sin problema de los gases
proponiendo sitios y equipos de monitoreo dentro de la zona del proyecto a un
temperatura que oscile entre los 20 y 25 °C con una lejanía no mayor de los 20
metros en cuanto a la primera estación del monitoreo teniendo una altura entre
los 3 y 5 metros, dependiendo de la pluma contaminante se determina el número
de estaciones de monitoreo; asimismo las chimeneas por donde se liberan los
gases deben de ser cambiados trimestralmente en cuanto a las tuberías, para
evitar la acumulación de material indeseado, con programas de chequeo
semanalmente. Finalmente, todo esto debe de estar bien documentado y presentado
en los informes al ente regulador.
Prosiguiendo
con la etapa de operación encontramos la compactación de los desechos como
tales para ser recubiertos por 1 metro de material que se especifica en el Plan
de Cierre y en el Plan de manejo de Impactos, para lo cual se le puede atribuir
una mejora según la Guía de Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de
Rellenos Sanitarios dados por el MINAM10, es decir en el protocolo
ya citado se estipula dos cosas no tomadas en cuenta por el caso de estudio, o
en todo caso son nombrados de manera muy general, se trata de que para el
proceso Los desechos deben ser depositados y compactados en capas delgadas a no
más de unos 2 m de profundidad. Cada día, las superficies del nuevo depósito de
residuos deben ser cubiertos con aproximadamente 15 cm., de suelo (o material
similar). El área de trabajo debe de ser lo más estrecho posible sin que
interfiera con el desarrollo normal de las operaciones; para lograrlo se debe
de precisar de un correcto y ordenado ingreso de los vehículos de transporte
los cuales deben de descargar los residuos sólidos en el área pre-establecida.
Para esto el personal debe de usar herramientas de guía para los vehículos, ya
sean banderines o silbatos.
Uno
de los puntos pocos desarrollados en el proyecto está referido a la
participación ciudadana, este plan no se encuentra desarrollado del todo,
falencias como una cronograma y un orden en general hacen que el proyecto casi
no cuente con medidas concretas frente a un conflicto socioambiental que
pudiera acontecer, además según el contenido de un PPC que está reglamentado,
este EIA no cuenta con lo mínimo que debería tener, por otra parte no se
mencionan los criterios que se tomaron para elegir las actividades de
participación ciudadana ni cómo estos mecanismos han sido adecuados para este
proyecto, estas observaciones sirven para conocer donde falta trabajo por hacer
y así poder desarrollar un plan de participación ciudadana eficiente. También
se pueden implantar los puntos mencionados a fin de crear un régimen de inclusión
entre las diferentes partes interesadas, se puede plantear un Plan de
Relaciones Comunitarias, a fin de obtener un mayor grado de aceptación para el
proyecto y beneficios para la población por medio del empoderamiento de la
población involucrada.
Aun
así, pese a todo lo mencionado anteriormente, el relleno sanitario, actualmente
funciona en un terreno de 150 hectáreas donde ingresan hasta 80 compactadoras
de basura de los distintos distritos, donde la zona en la que se depositan los
residuos solo ocupa 3 hectáreas, la cual
está dividida en cuatro partes, donde las compactadoras descargan los
desperdicios. Luego de ello, la basura es cubierta por una capa de tierra para
que los vehículos puedan desplazarse sobre el relleno y cubrir equitativamente
la zona. En toda la extensión hay 40 chimeneas que están conectadas a canales
ubicados dentro del depósito y que permiten que los líquidos que salen de la
basura vayan hacia una poza para que se evaporen mientras que los fogones
también permiten que el gas metano que hay en el interior salga.
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