RECURSO HÍDRICO Y EL PROYECTO TOROMOCHO

RECURSO HÍDRICO Y EL PROYECTO TOROMOCHO


Por: Adrian Carrasco, Isabel; Ayta Huamani, Hilda Rosa; More Chenguayen Maria Alejandra.

El Proyecto Toromocho es una mina de tajo abierto con reservas de cobre y molibdeno, localizada en la parte central de los Andes del Perú; en el distrito de Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junín. El Proyecto está localizado en un área que cuenta con una larga historia de operaciones mineras y que ha sido activamente explorada desde los años 60 por Cerro de Pasco Corporation, luego por Centromin y recientemente por Minera Perú Copper S.A. (ahora Minera Chinalco Perú S.A.), quien recibe la concesión de Centromin (ahora Activos Mineros) mediante un contrato de transferencia el 5 de mayo de 2008. El titular del Proyecto Toromocho (el Proyecto) es Minera Chinalco Perú S.A. (Chinalco), de propiedad de Aluminum Corporation of China Ltd. (K.Piesold, 2009). Este proyecto comprende a dos lagunas Huacrococha y Huascacocha las cuales fueron afectadas por la descarga de aguas residuales mineras, además también se cuenta con una de las estructuras remanentes por las anteriores operaciones mineras  es Túnel Kingsmill el cual se construyó para drenar el agua de las labores mineras subterráneas de Morococha. Fue excavado en roca y tiene una longitud aproximada de 11,5 km, iniciando su recorrido en las inmediaciones del actual emplazamiento de Morococha y terminando cerca de Manuel Montero en el distrito de Yauli, la descarga promedio del túnel es de aproximadamente 1 100 L/s, desde hace más de 70 años. Las aguas del túnel Kingsmill poseen alto contenido de metales, especialmente hierro, manganeso, zinc, plomo, arsénico, aluminio y cadmio. Para tratar este efluente, Minera Chinalco Perú construyó  una planta que emplea el proceso de Lodos de Alta Densidad (HDS por sus siglas en inglés),  considerada una de las mejor tecnologías en el mundo para tratar efluentes ácidos, para verter estas aguas  al río Yauli. Esta planta  comenzó a operar en el segundo semestre del 2010.



Imagen 01: Laguna Huascacocha

Imagen 02: Laguna Huacracocha


Imagen 03 : Aguas del túnel Kingsmill 

El área de influencia directa definida por el río Yauli incluye a las redes de drenaje de la cuenca Huascacocha y cuenca Rumichaca, estas  abarcan al  sector de Morococha intervenido por la infraestructura, y la otra cuenca a los componentes restantes del proyecto como es la presa de relaves, depósito de desmonte, etc. además que una porción de la margen izquierda del río Rumichaca también se encuentra dentro del área de influencia directa  e incluye al embalse Huarmicocha y bofedal del mismo nombre, las recargas del sistema acuífero se producen principalmente por medio de la infiltración de la lluvia y de la nieve derretida en las áreas montañosas que se originan en los márgenes del valle y de las filtraciones de las lagunas Huacracocha y Churuca en mayor proporción. El EIA no considera el manejo ambiental de las lagunas argumentando la presencia de pasivos ambientales previos a sus operaciones además de impactos producidos por otras unidades mineras.

Si bien existían pasivos ambientales que contribuían a la acidificación y alto contenido de metales en el agua, OEFA (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental) determinó que la unidad minera Toromocho también contribuía a la contaminación del recurso hídrico en la zona. OEFA realizó Acciones de Supervisión en la unidad minera Toromocho entre el 16 y 20 de marzo de 2014. Se advirtió que el agua proveniente del depósito de desmonte Oeste, con contenido de sedimentos, discurría cubriendo el suelo natural y la flora de la zona, hasta llegar a una pequeña laguna estacional y a la laguna Huacracocha por cinco zonas. De la misma forma se evidenció que parte de las aguas provenientes del desmonte Oeste, con contenido de sedimentos, discurrían sobre suelo natural hasta llegar a un canal empedrado que descarga en la laguna Huasacocha. Las descargas en este caso afectaban también a los componentes ambientales suelo, flora y fauna considerando microorganismos, flora de clase Insecta entre otros invertebrados. Las mismas aguas provenientes del desmonte Oeste reportaron valores determinados en campo de pH ácido de 4,02 (aguas que descargan en la laguna Huacracocha) y 3,35 (aguas que descargan en la laguna Huasacocha). Las aguas ácidas tienen consecuencias perjudiciales en los ecosistemas. La biota acuática es sensible a los valores extremos de pH. Por otro lado se verificó que el agua que discurría por la vía de acceso y el canal que contiene el agua de lluvia y del sistema de subdrenaje del depósito de mineral de media y baja ley discurre sobre suelo natural atravesando la carretera del poblado de Morococha, para llegar hasta un canal empedrado (reportando pH ácido de 4,10 según parámetro determinado en campo) donde se junta con el agua del depósito de desmonte Oeste, dichas aguas discurren sobre el suelo natural adyacente a la laguna Huasacocha cubriendo con sedimentos al mismo, así como, a la flora de la zona, hasta llegar a la mencionada laguna para cubrir sus sedimentos e impactar adversamente la calidad de sus aguas. Un error en el EIA del que el MINEM tiene responsabilidad es que en el EIA Las predicciones de la concentración de la filtración y escorrentía del depósito de desmonte Oeste, recogidas en la tabla N°5.22 indican que la escorrentía de dicho depósito tendría concentraciones máximas mensuales de 0,73 mg/L de Arsénico, 199 mg/L de Cobre, 6,2 mg/L de Hierro y 75 mg/L de Zinc, que supera los Límites Máximos Permisibles de 0,1 mg/L de Arsénico, 0,5 mg/L de Cobre y 1,5 mg/L de Zinc. Se colocaron valores que de por sí no eran permitidos y esto no fue observado. Respecto a la cantidad del agua utilizada se sabe que esta es considerable en proyectos de extracción y procesamiento de minerales, como ocurre en Morococha.

La laguna Huacracocha se encuentra clasificada como agua destinada a la conservación del ambiente acuático, categoría 4, de acuerdo a la clasificación de cuerpos de agua superficiales y marino – costeros. Este status en la clasificación de cuerpos de agua incrementa la responsabilidad de la minera en la alteración de la calidad del agua.

Por todas las razones antes expuestas por OEFA, este organismo publicó, en la misma resolución: “Ordenar a Minera Chinalco Perú S.A. la paralización inmediata de las actividades de operaciones de mina y todas aquellas causantes de la generación de los efluentes que descargan en las lagunas Huacracocha y Huasacocha”. Teniendo lo anterior carácter obligatorio. Está sanción, sin embargo, no demanda medida de compensación alguna, hecho observable habiéndose comprobado la responsabilidad de la minera.

El monitoreo de la calidad del agua en un EIA es, sobre entendidamente, obligatorio. En el caso del Plan de Manejo Ambiental (PMA) solo se proponen medidas de mitigación/remediación/prevención cuando los impactos han sido identificados como significativos. En el PMA Toromocho no se incluye ninguna medida en relación a una posible alteración de la calidad del agua porque esta no se evaluó como un impacto significativo, lo que contrasta con las observaciones realizadas por OEFA. Si se incluyen medidas referidas a la alteración del curso natural de las aguas. El impacto es definido como “Modificación de la red de drenaje por emplazamiento de la infraestructura en general, modificación del caudal, generación de sedimentos. Las medidas correspondientes son: “Las obras a realizar para la preparación del terreno de las diferentes instalaciones que involucran las etapas de construcción y operación del Proyecto, en especial las que impliquen la excavación de material, serán planificadas y coordinadas con el personal de campo a fin de reducir las áreas a intervenir. Esta medida es de especial importancia para reducir la intervención de redes de drenaje adicionales. Se habilitarán sistemas para el adecuado manejo de las aguas en las quebradas que puedan ser intervenidas por las obras de construcción, por lo que se instalarán canales de derivación provisorios que permitirán desviar, donde sea relevante, los flujos hasta que retornen a su cauce normal reduciendo la intervención del cauce final”. La derivación de la escorrentía al caudal de origen es positiva pero habrá un tramo por el que antes discurría agua y ahora no, lo cual supone un cambio de las especies en ese tramo. Otra medida es que “el Proyecto utilizará agua proveniente del túnel Kingsmill. El drenaje del túnel Kingsmill presenta una calidad marginal e históricamente fue dispuesto en el río Yauli sin previo tratamiento. Un porcentaje será utilizado en las operaciones y otro porcentaje de aguas tratadas será dispuesto en el río Yauli, promoviendo su recuperación”. Esta medida analizada a detalle puede ser considerada una medida de compensación ya que las operaciones disminuyen el caudal del río Yauli proveniente del Túnel Kingsmill pero mejoran la calidad del efluente. La última medida para el impacto será la “Implementación de Plan de Manejo de Aguas para evitar que el agua con sedimentos y aguas de contacto afecten aguas superficiales fuera del área del Proyecto”. Más allá de acciones específicas un Plan es necesario para de manera integral abordar la prevención del riesgo de daño ambiental. Otro impacto identificado es la “Alteración del nivel freático y áreas de recarga de aguas subterráneas” el cual tiene como medida: “Implementación de medidas de diseño específicas en el depósito de relaves e infraestructura anexa para prevenir las infiltraciones procedentes de los relaves”. El impacto descrito da a entender que se evitará disminuir el nivel freático para lograr la recarga de las aguas subterráneas pero la medida hace referencia a evitar infiltraciones ácidas que están más relacionadas a la calidad del agua subterránea. En el PMA resalta el hecho de que de 5 medidas para disminuir los impactos en el aire, 3 usan agua. Cabe resaltar que estas medidas (1. “En la medida de lo posible, los materiales que serán removidos durante las etapas de construcción y operación del Proyecto, serán previamente regados con agua, con el fin de evitar la generación de polvo al ambiente”. 2. “Se implementarán sistemas de supresión de polvo (rociadores y aspersores) en puntos estratégicos de generación de polvo”. 3. “Las emisiones de material particulado en las vías de acceso se controlarán mediante el riego con camiones cisterna”.) son aplicadas de manera permanente.

En general la calidad y cantidad del recurso hídrico no fue una prioridad en el EIA del proyecto Toromocho lo que generó en cese temporal de actividades, que se traduce en pérdidas económicas. Otra causa de pérdidas económicas es el hecho de tener que remediar los impactos generados por una deficiente identificación de posibles impactos ya que por regla general es más costoso remediar que prevenir impactos. En caso específico de la Laguna de Huacracocha y la laguna Huascacocha, ambas sufrieron el vertido de aguas ácidas de manera permanente, hasta que la entidad competente ordenó el cese de operaciones más no sancionó a la minera. Dado que estas algunas son alimentadas por el río Yauli y por el río Mantaro, pero también son producto de algunos afloramientos subterráneos, genera preocupación la dispersión de la contaminación desde las lagunas afectadas ya que por la estructuración del suelo estas lagunas también alimentan los acuíferos de esta zona, que son una fuente subterránea de aguas.

Por lo tanto siguiendo el desarrollo del Estudio de Impacto ambiental, lo que se pudo hacer antes de tener problemas de contaminación, fue considerar la calidad del agua tanto como la cantidad en el Plan de Manejo Ambiental. El recurso agua es muy importante para la población y Morococha no es la excepción. Un EIA que omite parámetros importantes en relación a las actividades puede generar conflicto de intereses, en este caso entre la empresa minera Chinalco y el pueblo de Morococha. La importancia del EIA radica también en saber qué hacer para evitar el desarrollo de algún tipo de contaminación. Es recomendable actuar en la fuente de emisión más no en los cuerpos ya contaminados. En el caso de Morococha esto ya no es dable por lo tanto es necesario aplicar métodos de remediación que deberían de estar mencionados en el EIA pero no lo están. Queda hacer un análisis de la zona afectada y aplicar los métodos necesarios para descontaminar las lagunas. Una recomendación final es que la aprobación del EIA sea revisada y contrastada en campo y no solo en un escritorio así se disponga de información de monitoreos, fotos, mapas, etc.  ya que estando en la zona del futuro proyecto se visualizan mejor los impactos y el análisis de las observaciones abarca todos los espectros a mayor profundidad. Leer el EIA en el lugar de los hechos es diferente.

Mas informacion: https://www.youtube.com/watch?v=fP2unEtRd1U&feature=youtu.be

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